Cerrajeros para morosos con el alquiler
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- Jun, 03, 2016
- admcerrajeru
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¿Tienes una vivienda en alquiler y estás preocupado por si te dejan de pagar la renta? ¿Tienes morosos en tu vivienda y no sabes cómo poder deshacerte de ellos? Sigue leyendo.
¿Puede un cerrajero abrir la casa de un moroso?
Y es que la ley deja desprotegidos en muchos casos a los propietarios de viviendas que no reciben puntualmente las rentas de sus inquilinos. Últimamente nos hemos visto involucrados en algún que otro desalojo y queremos dejar claro que no estamos ni de una parte ni de la otra. Simplemente hacemos nuestro trabajo y respetamos la ley.
Pero sí que podemos darte unos consejos si necesitas entrar en la casa que le tienes alquilado a alguien que no pague. No te precipites o no uses a un cerrajero sin haber antes comprobado que has realizado todas las acciones que te decimos ahora o te meterás en un lío.
Por suerte, el estado de las puertas en toda España es bastante lamentable y por lo tanto, la seguridad es bastante baja en ese sentido. Ya lo decía Ángel Sanz, presidente de GrupoCerrajero y gerente de una cerrajería en Segovia:
El Gobierno debería hacer un ‘Plan PIVE’ como para los coches para que la gente cambie las cerraduras de sus casas por otras más seguras y eficientes”, afirma Ángel Sanz, quien califica a una cerradura “adecuada” como aquella que va acomodada a una puerta acorazada y con cerco de hoja metálica. También debe tener anclaje multipunto, bombín de última generación y protector para este último. “Esto quizá no evite al 100% que los ladrones entren en una casa, pero reduce las posibilidades de manera alucinante”. Ángel Sanz considera el robo más habitual el popularmente conocido como ‘descuidero’, que sucede cuando no se echan todas las vueltas de la llave al salir de casa, y en un instante pueden haber entrado a robar sin que te lo esperes. Leer más
Sin embargo…
¿qué ocurre si tienes que forzar la puerta de alguien al que has alquilado tu casa?
Lo que ocurre es que es mejor llegar a un acuerdo. Según dicen aquí:
antes de iniciar cualquier procedimiento judicial es aconsejable acudir a la vía extrajudicial para intentar una solución amistosa con el arrendatario, por ello sería preciso remitirle un burofax reclamándole la deuda”. Sin embargo, la vía amistosa suele resultar infructuosa y en muchos casos no queda más remedio que acudir a los tribunales.
Una vez interpuesta la demanda, se dictará el correspondiente decreto de admisión de la demanda. En dicho decreto se requerirá al demandado para que en el plazo de 10 días desaloje el inmueble, pague el actor, bien enerve la acción (pague la totalidad de la deuda pendiente), o bien se oponga a la demanda, alegando de forma sucinta las motivos por lo que entiende que no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.
El día señalado para el lanzamiento acudirá la comisión judicial, el cerrajero y, si es preciso y justificado, la policía para entrar en la vivienda y levantando acta de su estado. Paralelamente, aunque se haya recuperado la posesión de la vivienda, el procedimiento continuará en reclamación de las rentas pendientes. Leer más
Así que, tienes que tener en cuenta que un cerrajero actuará para abrir la puerta de tu casa alquilada sólo si se ha producido la demanda y junto la comisión judicial y un policía.
Como te comentaba al principio del artículo. Nos hemos encontrado con casos de propietarios que quieren abrir la puerta de sus inquilinos porque no pagan. Entendemos la situación pero lamentablemente no podemos abrir la puerta con urgencia y siempre pediremos un justificante de que se está viviendo allí.
Espero que este artículo os haya valido para estar más al día con las novedades de desahucios y cerrajeros y cómo proceder.